En el sector audiovisual, la creatividad suele ocupar el primer plano. Es lógico: una película, una serie, una animación o una experiencia inmersiva nacen de una idea, de una historia y de una forma concreta de contarla. Pero, cada vez más, detrás de esa creatividad hay también desarrollo tecnológico.
Motores de renderización, sistemas de producción virtual, herramientas de restauración digital, automatización de procesos de postproducción, soluciones de captura volumétrica o algoritmos aplicados a imagen y sonido forman ya parte del día a día de muchas compañías audiovisuales. Y ahí surge una pregunta relevante: ¿puede esa innovación tecnológica tener un tratamiento fiscal favorable?
La respuesta es sí, siempre que se cumplan determinados requisitos. Las deducciones fiscales por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) pueden convertirse en una herramienta muy útil para productoras, estudios de animación, empresas de postproducción, desarrolladores de videojuegos o compañías que trabajan en nuevos formatos audiovisuales.
Ahora bien, conviene partir de una idea básica: no se incentiva la obra audiovisual por el mero hecho de ser creativa, sino el esfuerzo tecnológico real que hay detrás de determinados proyectos.
La tecnología como parte del valor de una empresa audiovisual
El valor de una empresa del sector audiovisual también puede residir en sus activos intangibles y sus propias capacidades técnicas.
De tal modo que un software propio de renderización, un flujo de trabajo más eficiente en la nube, una herramienta de restauración digital o un sistema de captura volumétrica pueden convertirse en activos estratégicos. Ya que no solo permiten trabajar mejor o diferenciarse de la competencia, sino que también permiten reforzar la posición de la empresa ante inversores, socios tecnológicos o entidades financieras.
En este contexto, la fiscalidad deja de ser una cuestión puramente administrativa. Bien gestionada, puede ayudar a liberar recursos para reinvertir en talento, tecnología y nuevos proyectos.
Qué son las deducciones fiscales por I+D+i
El artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades contempla deducciones fiscales para actividades de investigación y desarrollo (I+D) y para innovación tecnológica (IT).
De forma general, las actividades de I+D pueden generar una deducción del 25 % sobre el gasto elegible, porcentaje que puede incrementarse en determinados supuestos. Por su parte, la innovación tecnológica permite aplicar una deducción del 12 % sobre los gastos que cumplan los requisitos establecidos.
La diferencia entre ambas categorías es importante. La I+D suele estar vinculada a proyectos con mayor grado de novedad científica o tecnológica, mientras que la innovación tecnológica se refiere a avances o mejoras sustanciales en productos o procesos.
Qué proyectos audiovisuales pueden encajar en I+D+i
En el ámbito audiovisual, pueden existir muchos proyectos con potencial para generar deducciones fiscales. Algunos ejemplos serían:
- El desarrollo de un motor propio de renderización o sistemas de procesado en tiempo real.
- La creación de sistemas de captura volumétrica o reconstrucción 3D.
- Herramientas avanzadas para automatizar procesos de etalonaje, restauración, sincronización o postproducción.
- Entornos de producción virtual que supongan una mejora tecnológica sustancial respecto a los sistemas utilizados previamente por la empresa.
- Prototipos, pilotos o demostradores tecnológicos vinculados a animación, videojuegos o experiencias inmersivas. (En determinados supuestos)
La clave está en analizar caso por caso. No toda digitalización es I+D+i. Tampoco lo es cualquier mejora interna o actualización de software. La norma excluye las actividades rutinarias, el mantenimiento ordinario, las adaptaciones menores, el control de calidad habitual o la simple puesta en producción.
Por eso, en un proyecto audiovisual, la pregunta no debería ser solo “¿hemos usado tecnología?”, sino “¿hemos resuelto un problema tecnológico real, que genera un avance real para la empresa o, en su caso, para el estado de la técnica?”.
La incertidumbre tecnológica: el punto decisivo
Uno de los aspectos menos conocidos de estas deducciones es que el proyecto no tiene que acabar necesariamente con éxito para poder generar derecho a deducción.
Lo relevante es que exista una incertidumbre técnica o tecnológica y que la empresa pueda acreditar el trabajo realizado para intentar resolverla. En otras palabras, se incentiva el esfuerzo innovador acreditable con documentación, no únicamente el resultado comercial.
La documentación es esencial, no basta con afirmar que se ha desarrollado una solución nueva. Es necesario explicar cuál era el punto de partida, qué limitaciones existían, qué objetivo técnico se perseguía, qué actividades se realizaron, qué novedad se alcanzó y cuál fue la incertidumbre superada. Los criterios de certificación insisten, precisamente, en evidenciar la novedad, el avance técnico, la causalidad entre actividades y resultado, y la separación de las tareas rutinarias o no calificables.
Qué gastos pueden formar parte de la deducción
La base de la deducción puede incluir aquellos costes directamente vinculados al proyecto de I+D+i y efectivamente aplicados a su ejecución.
Entre ellos pueden encontrarse gastos de personal técnico, colaboraciones externas, determinados materiales o consumos, amortizaciones y servicios contratados específicamente para el desarrollo del proyecto.
Certificación e informe motivado: más seguridad para la empresa
Para reforzar la seguridad jurídica, muchas compañías optan por certificar sus proyectos a través de una entidad acreditada por ENAC y, posteriormente, solicitar un Informe Motivado Vinculante al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Este informe no siempre es obligatorio, pero puede ser especialmente útil porque vincula a la Administración tributaria en la calificación científica y tecnológica de las actividades desarrolladas.
Un incentivo compatible con otras ayudas
Las deducciones fiscales por I+D+i pueden ser compatibles con otras fórmulas de apoyo público y de financiación empresarial. Esto permite integrar la deducción dentro de una estrategia financiera más amplia. Para una empresa audiovisual, puede significar disponer de más margen para reinvertir en talento, tecnología, nuevos proyectos y para sostener desarrollos tecnológicos propios con menor dependencia de financiación externa.
Integrar la estrategia fiscal en el diseño de los proyectos puede marcar diferencias en términos de viabilidad y capacidad de innovación, especialmente a medida que aumenta la competencia internacional y los costes de producción se vuelven más exigentes.
Por qué las empresas audiovisuales deberían revisar sus proyectos tecnológicos
La transformación del audiovisual avanza rápido. Inteligencia artificial, producción virtual, automatización, experiencias inmersivas, nuevos formatos interactivos y herramientas de postproducción cada vez más sofisticadas están cambiando la forma de crear y explotar contenidos.
En ese contexto, muchas empresas pueden estar generando innovación sin identificarla como tal. Y, si no se documenta correctamente desde el principio, una parte relevante del incentivo fiscal puede perderse.
Revisar los proyectos tecnológicos, ordenar la documentación y analizar qué desarrollos pueden calificarse como I+D o innovación tecnológica permite convertir la innovación en una herramienta real de financiación.
Para productoras, estudios y compañías tecnológicas del sector audiovisual, las deducciones fiscales por I+D+i no son solo una ventaja fiscal. Son una forma de reconocer y sostener el esfuerzo técnico que hace posible muchas de las soluciones que hoy llegan a la pantalla.
En ELZABURU acompañamos a empresas innovadoras en la identificación, documentación y defensa de sus proyectos de I+D+i, ayudándolas a integrar estos incentivos dentro de una estrategia sólida de financiación de la innovación.
Ignacio Alonso, Responsable de Financiación a la Innovación de ELZABURU
Preguntas frecuentes sobre deducciones fiscales por I+D+i en el audiovisual
¿Una producción audiovisual puede generar deducciones por I+D+i?
Sí, pero no por el simple hecho de ser una obra audiovisual. La deducción se vincula al desarrollo tecnológico asociado al proyecto, como procesos técnicos nuevos o mejoras sustanciales en herramientas.
¿Qué diferencia hay entre I+D e innovación tecnológica?
La I+D suele implicar una novedad científica o tecnológica completamente nueva. La innovación tecnológica, en cambio, puede referirse a avances o mejoras sustanciales en tecnologías o procesos ya existentes. La calificación depende del contenido técnico del proyecto.
¿Es necesario que el desarrollo tecnológico tenga éxito?
No necesariamente. Lo importante es que exista una incertidumbre tecnológica real, que se haya trabajado para resolverla y que todo el proceso esté correctamente documentado.
¿Qué empresas del sector audiovisual pueden beneficiarse?
Productoras, estudios de animación, empresas de postproducción, desarrolladores de videojuegos, compañías de producción virtual o empresas que creen herramientas tecnológicas propias para imagen, sonido o contenidos interactivos pueden analizar la aplicación de estas deducciones.
¿Por qué conviene planificar la deducción desde el inicio?
Porque la documentación técnica y económica es clave. Si el proyecto se estructura correctamente desde el principio, será más sencillo justificar la deducción, separar tareas ordinarias de actividades innovadoras y reducir riesgos fiscales.
